DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de primera instancia en función de juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVISA, la medida cautelar privativa de libertad, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y solicitada su revisión por el Defensor Privado, ciudadano LUIS JAVIEL GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. 11.205.222, Y SE MANTIENE, ya que se considera que NO HAN VARIADO las circunstancias que acreditan la existencia de los supuestos establecidos en el artículo 581 Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente, medida dictada en la audiencia de presentación de fecha dos (02) de Junio de 2009, respecto de la aplicación, en base a criterios de excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad, a los solos efectos del proceso. De conformidad con el articulo .....