DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Por cuanto se observa que aún faltan diligencias por practicar de interés Criminalístico, proseguir la Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con los artículos 8 y 530 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Envíese copia certificada de las actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de este Estado a los fines de que presente el respectivo acto conclusivo.
SEGUNDO: Se decreta en contra del adolescente imputado IDENTDAD OMITIDA, la PRISIÓN PREVENTIVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 559 y 581 de la Le.....