DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con fundamento a su libre convicción, basadas en reglas de la lógica, máximas de experiencias y conocimientos científicos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Responsable penalmente a los adolescentes : IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES LEVES EN RIÑA TUMULTUARIA, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en relación con el artículo 425 ejusdem y se le impone las sanciones de de Libertad Asistida por lapso de un año, establecida en el Artículo 620 Literal "d", en relación con el Artículo 626 ambos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente y Reglas de Conducta prevista en el articulo 624 en relación con el articulo 620 literal "d" d.....