DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con fundamento a su libre convicción, basadas en reglas de la lógica, máximas de experiencias y conocimientos científicos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Responsable penalmente al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego de fabricación ilícita, previsto y sancionado en el articulo 273 y 278 del código penal venezolano, en relación con los artículos 1, numeral 1°, literal “B” y 3° literal “A” de La Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el trafico ilícito de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados y Porte ilícito de cartuchos de armas de fuego, previsto y sanc.....