DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Considerando que en el presente asunto existe concurrencia con adultos y que no constan en autos las entrevistas de los funcionarios policiales actuantes, lo que significa que aún faltan diligencias por practicar de interés criminalístico para determinar las responsabilidades a que haya lugar, se declara sin lugar lo solicitado por la Fiscalia del Ministerio Público, en lo que respecta a la aplicación del procedimiento abreviado, y en su lugar se acuerda proseguir la presente investigación por la Vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con los artículos 8 y 530 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes.
SEGUNDO: S.....