Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Habeas Corpus, interpuesto por el profesional del derecho LEDA MEJIAS NUÑEZ en su carácter de defensora pública del Ciudadano XXXXXXX, al considerar que existe una situación jurídica lesionada al referido ciudadano y violentadas las garantías y derechos constitucionales denunciados por el accionante en su solicitud de Habeas Corpus, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 27, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 39, 40, 42 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Y Ordenándose la libertad del adolescente advirtiéndole que debe continuar cumpliendo con las medidas cautelares.....