Por todas las razones expuestas este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO DECLARA con lugar la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Abg. Leda Mejías, de conformidad con el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento en el literal "c", artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en aplicación de las garantías constitucionales contenidas en el articulo 102 103 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela , en el sentido de modificar el régimen de presentaciones impuesto en su oportunidad al adolescente IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA, estimando procedente extender este régimen de presentaciones cada dos (2) meses por ante este Tribunal, por cuanto se encuentra cursando estudios, ordenándole presentar constancia de estud.....