DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control de la Sección Adoloescentes, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, Primero: La continuidad del presente asunto a través del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de que aún faltan actuaciones por realizar por parte de la Fiscalía del Ministerio Publico a los fines de esclarecer los hechos. Segundo: Se acuerda agregar a la causa las actuaciones complementarias presentadas por la Fiscalia del Ministerio Publico conformadas por diecisiete (17) folios útiles, en esta audiencia. Tercero: Se declara Sin Lugar la Solicitud de la Fiscal Quinto del Ministerio Publico, la detención para asegurar la comparecencia del mismo a la audiencia preliminar de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica de Protección de.....