Por todo lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO del presente asunto, en favor de IDENTIDAD OMITIDA, a quien se efectuó investigación por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Estadal Delta Amacuro, Sub Delegación Tucupita, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio, presuntamente de IDENTIDAD OMITIDA. Notifíquese a la solicitante, Fiscal Provisorio Quinta del Ministerio Público en esta Circunscripción Judicial, Abg. VILMA VALERO DELGADO. Notifíquese a las ciudadanas investigada y víctima presunta, anteriormente identificadas. Una vez insertas en autos las resultas positivas de dichas notificaciones y.....