Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Delta Amacuro, Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA CON LUGAR la solicitud de ORDEN JUDICIAL DE APREHENSION, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia se ORDENA expedir Oficio dirigida al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Tucupita, Estado Delta Amacuro, División de Captura, a los fines de que coordine con los demás cuerpos policiales para que el mismo sea capturado y puesto a la orden del Tribunal de Control, Sección de Adolescentes de esta jurisdicción, conforme al articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, respetándoseles siempre sus derechos Constitucionales. Fijándose como sitio de reclusión el Centro de Formación.....