Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud presentada por la Defensora Pública Penal de Adolescentes Abg. LEDA MARGARITA MEJÍAS NUÑEZ y en consecuencia se decreta la Extinción de la Acción Penal por muerte del adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 48, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta consecuencialmente el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas de la Sub- Deleg.....