En virtud de todo lo antes expuesto, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA la EJECUCIÓN Y REALIZACIÓN DE COMPUTO, por secretaria, de la Medida dictada a los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión como Coautores del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos CORONADO MORONTA ÁNGEL M. y ARACELYS DEL CARMEN ARISMENDI y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN ILÍCITA previsto y sancionado en los artículos 272 y 277, ambos del Código Penal en relación con los artículos 1° Numeral 1°, Literal "B" y Numeral 3° Literal "A" de la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales, tipo penal este imputado al adolescente IDENTIDAD .....