DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en ejecución de sentencia, ordena a IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado a cumplir la medida de Privación de Libertad por el término de Once (11) meses y veintiocho (28) días, que finalizan el 18 de enero de 2007, y la cual será cumplida en el Centro Socioeducativo de Varones Tucupita.
De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Convención, al referirse al papel desempeña la familia en cuanto a que ésta tiene una responsabilidad prioritaria, inmediata e irrenunciable desarrollando el principio constitucional de considerar a la familia como célula fundamental de la sociedad se acuerda citar a los padres del adolescente a la presente audiencia e instarlos a involucrarse en el proceso socioeducativo que se desarrollara en aras de su desarrollo biopsicosocial.
Se ordena al Equipo Técnico que asiste a ese mismo centro, la elaborac.....