En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Cese de la Sanción impuesta a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente, por cumplimiento efectivo de la misma, decretándose la plena Libertad de la joven de autos. Notifíquese de la presente decisión a todas las partes. Envíese la presente causa al Archivo Judicial en su oportunidad Legal. Cúmplase.