DECISIÓN
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, se ordena al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificado, a cumplir la siguiente sanción:
Primero: Libertad Asistida, por el lapso de uno (01) año, la cual en el Parque Tucupita II, ubicado en la Avenida 19 de Abril de la Urbanización Doctor Delfín Mendoza de esta ciudad, a cargo de la Abogada Neorquine Marcano, quien deberá informar mensualmente a este Tribunal del cumplimento y evolución. Ofíciese lo conducente remítase copia del presente auto, conforme a lo previsto en el articulo 527 y 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente..
Segundo; Las Reglas De Conducta: por el lapso de uno (01) año a.- No consumir bebidas alcohólicas, ni sustancias estupefacientes y psicotrópicas.- b.-Incorporarse al sistema educativo, c.- Presentar constancia de trabajo, d.- Prohibición de acercar.....