Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Conversión de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES, en DIVORCIO, presentada por los ciudadanos JHONNY JESÚS MADRID CALDERÓN y MARIERNES EUFEMIA NUÑEZ ESTANGA, antes identificados, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO, el matrimonio civil que los une, celebrado por ante la antes Jefatura Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro, en fecha (17) de Noviembre de (2000). Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Liquídese la Sociedad Conyugal.
Publíquese, Regístrese, Déjese Copia Certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delt.....