UNICA:
Por cuanto este Tribunal observa del cómputo realizado, que vencido el lapso concedido por el Tribunal para cumplir con lo ordenado en el Despacho Saneador, que el justiciable actor YHONNY JOSE MORILLO, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-15.790.314, de este domicilio, asistido por la Abogado SARITA ELVIRA LAREZ RAVELO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 37.479, no realizó la corrección del libelo, tal y como fue ordenado en auto de fecha 23-12-2010, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda y se ordena el archivo de la misma.
Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada en el copiador de sentencias respectivo.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho, del Tribunal de Primera Instancia Civil, Me.....