Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 49, 51, 253 y 257, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, acuerda dicho desistimiento, LO HOMOLOGA, le da carácter de cosa Juzgada y ordena el archivo del expediente. De conformidad con el artículo 112, Código de Procedimiento Civil, se ordena la devolución de los documentos solicitados y se ordena dejar en su lugar copias debidamente certificadas. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Merc.....