V
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Demanda que por disolución del vinculo matrimonial vía DIVORCIO ordinario intento por el ciudadano CARLOS JOSE MONTANER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.337.228, contra la ciudadana ELIA JOSEFINA SALAZAR GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.297.236, conforme al contenido de los Artículos 11, 12, 242, 243, 254, 506, 509, 754, 758 Código de Procedimiento Civil 185.1.2, 1354 Código Civil, 2, 26, 257 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Se ordena notificar a las partes conforme lo establecido en el articulo 251 del Código de Procedimiento Civil.
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