y en tal sentido: este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO:
Prestación de Antigüedad: Bs. 703.125,20
Vacaciones Fraccionadas: Bs. 112.500,00
Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 52.200,00
Utilidades Fraccionadas: Bs. 112.500,00
NETO A PAGAR: BS. 974.325,00
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN. Años 195° y 147°
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MARISELA GOMEZ ESTABA.
LA PARTE DEMANDANTE.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE.....