por lo que el tribunal se abstiene de declarar la Admisión de los Hechos Relativa conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en tal sentido este Tribunal ordena: Primero: Remitir la presente causa al Juzgado de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial para que prosiga su curso legal una ves transcurrido el lapso para la contestación de la demanda. Segundo: agregar las pruebas en este mismo acto. Tercero: Entregar copia de la presenta acta a la representación de la parte actora.