En razón de todo ello este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando Justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la defensa previa de prescripción de la acción opuesta por la part4e demandada y en consecuencia SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano: DOMINGO ALBERTO BERRA , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V. 8.928.574 y de este domicilio en contra de la contraloría General del Estado Delta Amacuro.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas. Finalmente el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de cinco (05) días hábiles siguientes al vencimiento del lapso para la publicación del presente fallo que se emite en forma escrita.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena d.....