En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, interpuesta por la Ciudadana BANNY DEL VALLE AZOCAR SMITH, titular de la cédula de identidad número: V-10.934.190, en contra de la Ciudadana YUDEISIS DEL CARMEN LEMUS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número: V-22.832.109; en beneficio de la Niña (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, se le otorga LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA y todos.....