En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el parágrafo primero, literal l del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 173 del Código Civil y el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, interpuesta por el Ciudadano FELIX JOSÉ CASTILLO DÍAZ, titular de la cédula de identidad número: V-9.862.752, en contra de la Ciudadana MARÍA TERESA MIRABAL ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad número: V-9.863.867. Cúmplase.
Publíquese conforme al artículo 247 del Código de Procedimiento Civil y por mandato del artículo 248 ejusde.....