este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 358, 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en relación a los acuerdos suscritos por los ciudadanos JESUS MANUEL RIVAS BOLIVAR, y YANKEIRA DEL VALLE ROJAS, antes identificados; en los siguientes términos:
UNICO: "Respecto a la custodia el progenitor ciudadano JESUS MANUEL RIVAS BOLIVAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V–15.552.510, acuerda una custodia compartida de manera amplia en pro e interés de sus hijos, manifestando su disposición inmediata de acudir a buscar ayuda médica y/o psicológica para sus hijos en compañía de la progenitora de los niños, con el objeto de que el g.....