este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de EXTINCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por el ciudadano FREDDY JOSÉ GÓMEZ SUBERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.211.803, en contra de la ciudadana ALICIA GABRIELA GÓMEZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-27.549.894. En consecuencia, se EXTINGUE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio de la ciudadana ALICIA GABRIELA GÓMEZ FLORES. SEGUNDO: Librar oficio a la Alcaldía Bolivariana del Municipio Tucupita, estado Bolivariano Delta Amacuro, con la finalidad de que se DEJEN SIN EFECTO todas y cada una de las retenciones sobre el sueldo y demás beneficios que devenga el ciudadano FREDDY.....