Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el contenido de la Sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 9 Diciembre de 2016, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentado por los ciudadanos: JOSE FRANCISCO GONZALEZ DICURU y FRINE JOSEFINA CEQUEA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.859.942 y V- 8.524.699, respectivamente, domiciliado el primero en la Urbanización Sierra Parima, manzana 59, casa Nº 18, Puerto Ordaz, estado Bolívar y la segunda domiciliada en la.....