DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 347, todos del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE al ciudadano DANIEL ALEJANDRO CEDEÑO,titular de la cedula de identidad, V-21.675.576,de nacionalidad venezolana, nacido en Tucupita, Estado Delta Amacuro en fecha 29/03/1992, de 21 años de edad, grado de instrucción primer año de bachillerato, de profesión u oficio albañil, residenciado en la bandera, entrando frente de MINFRA, apodado el burro, estado civil soltero, hijo de Rosirys del Valle Cedeño (V) y Elías Padre (V), residenciado en las piedras preciosas, santa catalina, por ser autor responsable de la comisión del delito de ACTO CARNAL CO.....