Este Tribunal de Control Dos de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda cambiar la Medida de Privación de Libertad y otorgarle en su lugar Una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de Conformidad con lo establecido en el articulo 582, literal “a” de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, consistente esta en la Detención en su propio Domicilio en custodia de sus padres ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, quienes se comprometieron a someterse a las condiciones que imponga el Tribunal debiendo presentarlo ante este Tribunal cada vez que este lo requiera, teniendo también la guarda y vigilancia del mismo, todo ello en virtud de la situación de enfrentamiento que se presentó en la Casa Taller de Varones de esta ciudad, entra uno de los Adolescentes que se encuentra interno allí y el adolescente de autos, encontrándose presente el Di.....