DISPOSITIVA
Por todas estas razones, a tenor de lo establecido en el artículo 293 del Código Orgánico Procesal este juzgado Primero Penal Estadal y Municipal en funciones de Control de la Circunscripción judicial del Estado Delta Amacuro Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud del ciudadano, ÁNGEL EMIL ACOSTA PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V- 19.272.195.
SEGUNDA: Se ACUERDA la entrega al ciudadano, ÁNGEL EMIL ACOSTA PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V- 19.272.195, ya identificada, del vehículo descrito con las siguientes características: Vehículo moto, Marka KEEWAY HORSE KW/150m Color: Azul; Uno: Particular; Tipo: Paseo; Serial: NIV:8123AK15DM061407, Placa: AN4M73A; Certificado Nº 13010010204412K19933W31, quien deberá recibirlo con la expresa o.....