Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 7, 62, 236 todos del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA: PRIMERO: Se declina la competencia de la presente causa de conformidad con lo previsto en los artículo 7, 62, 241 y 236 todos del Código Orgánico Procesal Penal seguida al ciudadano DONIS ORTIZ DOMINGO RAMON, venezolano, natural del Triunfo, Municipio Casacoima del estado delta Amacuro, donde nació en fecha 19-04-1986, de 28 años de edad, de estado civil soltero, grado de instrucción: primer años, de oficio: agricultor y pescador, domiciliado en El Triunfo, sector II, Villanueva, frente al regi.....