Declara:
1.- Se desestima la intervención de la ciudadana ROSA CECILIA ROJAS por no haber acreditado su cualidad de heredera del de cujus, LUIS ANTONIO IDROGO BARBERI ya que no consignó documental alguna que probara ser la cónyuge del de cujus y por consiguiente heredera del demandante.
2.- Se declaran SIN LUGAR las denuncias de fraude procesal formuladas por el demandado VICENTE DE SANTIS.
3.- SIN LUGAR, la apelación ejercida por el demandado, VICENTE DE SANTIS contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en fecha 09 de abril de 2013.
4.- Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en fecha 09 de abril de 2013.