Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano: JONNY JOSE ROMERO BEOPERTUY, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 21-01-/ 01/1.986, natural de Maturín, Estado Monagas, titular de la cédula de identidad V- 21.348.599, de estado civil soltero, residenciado frente el cementerio nuevo, de esta ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro; a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, EN LA MODALIDAD DE A MANO ARMADA, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN ILICITA, previsto y sancionado en el articulo 277 del código penal vigente en concordancia con el articulo 9, 20,21, 40 numeral 6 y 41 de la Ley Sobre Armas y Explosivos y arti.....