Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en función de ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: levanta la prohibición impuesta al penado RAFAEL ARMANDO QUIJADA, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 06 de marzo de 1972, de 39 años de edad, hijo de Jesús Quijada y Rosalía Benítez, de profesión u oficio: TSU en Criminalistica, residenciado en la Comunidad de san José, vía La Horqueta, calle principal, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad N° 12.382.725; de no salir de la jurisdicción de los Estados Delta Amacuro y Monagas, en consecuencia puede el penado transitar libremente en todo el territorio venezolano sin salir de él; quedando obliga.....