En base a los anteriormente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la conversión en confinamiento del resto de la pena impuesta al penado FRANCISCO JOSE RIVERA MORENO, antes identificado; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 del Código Penal. En consecuencia el penado cumplirá la totalidad de la pena impuesta el día 04-04-2011. Regístrese, publíquese, líbrese la boleta de pre-libertad y ofíciese lo conducente al Jefe Civil de la Parroquia Chirica, Ud. 138, Urb. Francisca Duarte, calle 08, manzana 03, San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar, donde el penado se presentará cada 30 días.