DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de primera instancia Municipal y Estadal en función de control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas durante el régimen de pruebas que le fuera establecido al ciudadano ADRIAN JOSE ARZOLAY ZACARIAS; venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, nacido el 06-04-1994, de 19 años de edad, hijo de Yelitza del Valle Zacarías, (v); Adrian José Arzolay (v), estado civil soltero, profesión u oficio: Obrero, residenciado en la avenida la Perimetral, calle Nro. 03, casa Nro. 54, al lado del bodegón William Lao, Municipio Tucupita del estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº: 26.244.216, de conformidad con el artículo 3.....