DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO, Proseguir la presente causa por la vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO, Se declara con lugar la solicitud de medida cautelar sustitutiva de libertad formulada por la representante del Ministerio Público de conformidad con el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los ciudadanos JORLEM ADALBERTO CEDEÑO SOLIS, venezolano, mayor de edad, natural de San Félix, estado Bolívar, de 22 años de edad, nacido en fecha 25/10/1988, de profesión u oficio no definida, titular de la cedula de identidad Nº 18.659.121, hijo de Adalberto Cedeño (v) y Maria .....