DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA por el procedimiento especial de admisión de los hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano GÓMEZ SALAZAR JOSÉ RAMON, venezolano, nacido en Carúpano, estado Sucre, de 34 años de edad, nacido en fecha 31-08-1979, de estado civil soltero, hijo de Brígido Gómez (v) y Marbelis Salazar (v), con cédula de identidad número C.I. 15.596.523, con 6º grado de educación básica, albañil de profesión laborando por cuenta propia, residenciado en Catia, Gato Negro por los 4 vientos, Municipio Libertador, Distrito Capital, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN; al considerarlo responsable como autor en la comisión .....