ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA. TERCERO: Se admiten totalmente la acusación y las pruebas presentadas por el Ministerio Público, conforme a los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del acusado ENRIQUE ALEXANDER GARCIA, titular de la cédula de identidad N° 16.808.648, fecha de nacimiento 05-08-1981, de 33 años de edad, domiciliado en los almendrones, vía Guasina, a 500 mts de la bodega de Raúl profesión u oficio obrero, por encontrarse incursos en la presunta comisión de los delito de AMENAZA Y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en los artículos 41y 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de INGRID ALEXANDRA GARCIA GONZALEZ. SEGUNDO: Se amplía la.....