ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO
Se admite la totalidad de la acusación presentada por el Ministerio Público por cumplir con lo establecido en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal de los acusados GONZÁLEZ GONZÁLEZ GRESEL GERARDO, Venezolano de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 17.525.591, de profesión u oficio bachiller, natural de Tucupita, nacido en fecha 08/06/86, estado civil soltero, residenciado en el sector Villa Rosa, casa numero 29 de esta ciudad, hijo de Silenys González (V) y Gregorio González (V)de por el delito de cooperador en el delito de robo agravado, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80, ambos del Código Penal, HENRY DEL JESÚS SIERRA MALPICA, Venezolano de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 17.524.318, de profes.....