DECISIÓN
En razón de lo antes expuestos, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de los testigos: ALEXIS JOSE GUARIGUATA DIAZ Y SIMON ALEJANDRO ROMERO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.951.530 y V-19.858.761, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, estado Delta Amacuro, y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO declara CON LUGAR de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, la solicitud a favor de los ciudadanos: MARITZA DEL CARMEN VALDERREY LANDAETA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.861.461, KESSLER JOSE PHILLIPS GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-27.793.291 y KELBERT JOSE PHILLIPS GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.465.490, respectivamente, como UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS RUBEN JOSE PHILLIPS, quien era venezolano, mayor de edad, titul.....