este Tribunal de Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Considera que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal para calificar la aprehensión de los ciudadanos DHANRAR RAMBARAN GOMEZ, venezolano, de 47 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.125.230, ANDRES JOSÉ SUCRE, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.125.276, HEMCHAND RAJKUMAR, de nacionalidad Guyanesa, de 21 años de edad, indocumentado, CHUNILALL SUKHAI, de nacionalidad Guyanesa, de 42 años de edad, indocumentado y VISHWANAUTH BRIGONAUTH, de nacionalidad Guyanesa, de 26 años de edad, indocumentado.
como flagrante, pues fueron detenidos en la comisión de un hecho punible de CONTRABANDO POR EXTRACCION previsto y sancionado .....