DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control N° 1, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación y las pruebas presentadas por la representación del Ministerio Publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del acusado: Sarquis Nemer, de 53 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V 3.048.103, de profesión u oficio ingeniero Civil, residenciado en, el Triunfo primera Transversal, entrando por la panadería la Rosa Mística, hospedaje, el llevadero del Triunfo Municipio Casacoima de este Estado, Venezolano, Soltero, hijo de Laurice Naim de Temer (V) y Noe Temer (F), natural de Tucupita Estado, Delta Amacuro, nacido en fecha 19/06/52, teléfono (0414) 8792942 por la presunta comisión de los delito de EXTARACCION ILICITA DE MATERIALES y DEGRADACION DE SUELOS TOPOGRAFIAS Y PAI.....