DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Itinerante Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE al ciudadano: ONEY FRANCISCO MENDOZA ZABALA, de nacionalidad venezolana, natural del Puerto Ordaz, nacido en fecha 11-11-1985, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pintor automotriz y trabaja en Pintura Express, hijo de Nelly Zabala (f) y Alexander Mendoza (v), residenciado en el Sector Gran Sabana, manzana N° 38, casa N° B-15, Puerto Ordaz, Estado Bolívar y en Tucupita, Estado Delta Amacuro, en calle San Cristóbal Frigorífico San José, titular de la cedula de Identidad Nº V-16.700.564. SEGUNDO: Se ABSUELVE al ciudadano: ONEY FRANCISCO MENDOZA ZABALA, titular de la cedula de Identidad Nº V-16.700.564 ya identificado, por los delito.....