este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, con el objeto de garantizar el interés superior de la niña de autos; tal como lo estable el artículo 8, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 30, 365, 366, ejusdem, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en relación al acuerdo logrado, en los siguientes términos:
"PRIMERO: El padre ofrece el 25% de su salario el cual obtiene en virtud de la prestación de servicio que realiza en la Escuela de Talento, dependiente del Ministerio de Poder Popular para la Educación, zona Educativa N° 09, en tal sentido solicita se realicen los descuentos directamente de su cuenta comida, así como 25% sobre el bono vacacional, aguinaldos, prestaciones sociales en c.....