Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara el sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 5° ejusdem a favor de MARCANO ASTUDILLO EFRAIN JACOB, venezolano, mayor de edad, natural de San Félix Estado Bolívar, residenciado en el barrio El Jobo, manzana 10, casa 2, Tucupita, Estado Delta Amacuro y titular de la cédula de identidad No.V-17.524.953; ASTUDILLO NERIDA MARIA, venezolana, mayor de edad, casada, oficios del hogar, residenciada en el barrio el Jobo, manzana 10, casa 2, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad No.V-8.929.172; MARCANO ASTUDILLO EDINSON ARCY, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero residenciado e.....