Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, de los penados: DORA GASCON TORRES, venezolano, mayor de, titular de la cédula de identidad número V-11.205.222, JOSE GREGORIO PEREIRA venezolano, con cedula de identidad personal V-11.211.813 y JOSE LUIS GASCON TORRES venezolano, mayor de, titular de la cédula de identidad número V-11.205.250 de conformidad con lo establecido en los artículos 479, 482. 484 y 501 del Código Orgánico Procesal Penal; En los términos que han quedado establecidos. Y ASI SE DECIDE.