Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud interpuesta, la extinción de la acción penal y en consecuencia decreta EL SOBRESEIMIENTO de la Causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 48 ordinal 8° a favor de JESUS NICOLAS MILLAN (El Chuo), venezolano, mayor de edad, residenciado en el Barrio Tacoa de esta ciudad, indocumentado, por la presunta comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, prevista y sancionada en el artículo 416 del Código Penal . Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese, publíquese y remítase al Archivo Judicial una vez quede definitivamente firme la presente sentencia.