es por lo que esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, y en consecuencia Acuerda:
PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la LUISA MARIANELA OLIVEROS FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.952.523, domiciliada en la calle Simón Rodríguez, Casa S/Nº, Deltaven, diagonal al modulo policial, Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, actuando en beneficio y representación de sus hijos (se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de catorce (14), once (11) y nue.....