DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en La ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: No admite la acusación presentada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, en la presenta causa seguida al ciudadano MARCANO MEJIAS ENDER JOSE, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, nacido en fecha 05/04/1992, de 20 años de edad, hijo de Teodoro Marcano (V) y Edelis Mejías (V), de profesión u oficio Operador en CADAFE, de estado civil soltero, residenciado en el Barrio Libertad Casa S/n, Tucupita, estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.790.843, declarándose en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO; de conformidad con lo previsto en el artículo 300, ordinal 1° del Código Orgánico Procesa.....